Como ustedes saben los delitos por hechos de corrupción laceran a toda la comunidad, con independencia de quien efectué el hecho delictivo, pues cuando lo comete un servidor publico de cualquier esfera de gobierno, el dinero que distrae de su objeto, se traduce en la falta de servicios y oportunidades para la población en general y mucho más, para los que menos tienen. En virtud de una denuncia presentada por algunos representantes populares de esta ciudad, así como de organismos no gubernamentales, y de investigación periodística; esta Fiscalía Anticorrupción tuvo a bien iniciar una carpeta de investigación por el delito de enriquecimiento ilícito, cometido por el probable responsable de siglas D.S.P.M.
Es importante señalar que en la denuncia motivo de la presente investigación, se señala el valor comercial de una casa habitación que asciende aproximadamente a los 26 millones de pesos.
Por lo tanto, con fundamento en los artículos 229 y 230 del Código Nacional de Procedimientos Penales, hace unos momentos un juez de control nos acaba de obsequiar un mandamiento judicial para el aseguramiento de dos bienes inmuebles:
Ambas casas habitación ubicadas en la Calle Fresno números 1564 y 1642 del Fraccionamiento Campestre en esta ciudad.
Justamente en este momento, mientras se lleva a cabo la presente rueda de prensa, se están desahogando las diligencias de ejecución del aseguramiento de ambos bienes, conforme a la Ley requerida, todo esto encuadrado en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Para los efectos del delito de enriquecimiento ilícito, el patrimonio del servidor público comprende todo aquel que adquirió por sí mismo, y cómo fue su evolución patrimonial, misma que debe ser acorde a sus ingresos económicos, y por lo anterior es que se justifica el aseguramiento, que se realizó mediante control judicial, es decir, no fue una decisión unilateral de esta representación social del Ministerio Público, lo resolvió el órgano jurisdiccional, pues se hace necesario conocer el valor comercial actual de dichos inmuebles, incluyendo sus mejoras, remodelaciones y/o cambios que hayan propiciado la plusvalía de los mismos.
Aunado a lo anteriormente dicho, se vuelve de suma importancia el aseguramiento ya que el propietario puede ejercer
actos de dominio (como venderlas, donarlas, arrendarlas y/o simular actos jurídicos) y las mismas se encuentran bajo investigación, derivado de la denuncia interpuesta por hechos con apariencia del delito de ENRIQUECIMIENTO ILICITO, contemplado en los artículos 272 y 273 del Código Penal del Estado, dentro del catálogo de “DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN”, que son materializados por servidores públicos, delitos que atentan contra el
correcto funcionamiento de la administración del Estado y de la sociedad Juarense, en este caso en particular.
Esta Representación Social les brinda parcialmente esta información, sin mayor detalle, en virtud de que tenemos que seguir cuidando el debido proceso, la presunción de inocencia y el respeto irrestricto a los derechos humanos.
Por último, en esta acción que nadie se equivoque, ni se confunda, mucho menos cabe la victimización, esta diligencia
obedece a un mandato judicial con estricto apego a la ley.
Hago un atento llamado a toda la sociedad, ONGS e instituciones y cualquier persona que sufra hechos de corrupción, a denunciar este tipo de delitos, reitero que está disponible para toda la población en general la Aplicación tecnológica APP de Denuncia Anónima y los canales conocidos para la presentación de dichas denuncias.
Con estas acciones la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua, reitera su compromiso de fortalecer las Instituciones, combatir la corrupción y la impunidad en favor de la sociedad chihuahuense.
MUCHAS GRACIAS.